martes, 7 de febrero de 2012

FACTORING INTERNACIONAL COMO INSTRUMENTO DE MUCHA UTILIDAD PARA PYMES

CREDIT CASH FACTORING: VENTAJAS, PRECAUCIONES Y PROCEDIMIENTOS A TOMAR
Jesus Jiménez Labán - Consultor Internacional

El contrato de factoring es sin duda un instrumento jurídico de suma utilidad, pese a lo que en nuestra práctica jurídica el mismo es escasamente utilizado.

Las empresas pequeñas y medianas empresas necesitan de liquidez y esa liquidez se evapora por los créditos que dan ellas mismas a sus clientes. Lo que se quiere demostrar aquí es que el FACTORING es una ventaja estratégica para las PYMES que quieren mantenerse en pie en medio del vendaval de la crisis financiera.

En suma esto es lo que significa el factoring:

-Beneficio para estas empresas particularmente por la liberación del trabajo burocrático, para el cual muchas no están preparadas o es manejado por gente del oficio o técnicos sin asesoramiento financiero.

-Disminución de las presiones y preocupación del gerenciamiento, más tiempo para las tareas específicas.

-Aumento en la eficiencia de los cobros

-Disminución de los costos de material de oficina y comunicaciones.

-Eliminación de gastos de financiamiento por atraso en los cobros y riesgos de insolvencia (cuando es factoraje sin recurso), gastos y tiempo empleados en obtener informes y gastos judiciales, etc

La modalidad clásica de un contrato de factoring es aquella por la cual el vendedor recibe un anticipo de dinero debido a que hay facturas por cobrar que cede éste total o parcialmente a una empresa especializada en servicios financieros (por lo general familiarizada con fondos de inversión).

Como resultado de dicho acuerdo -regulado por un contrato de comisión o similar- el comitente, el exportador en este caso, se obliga a comunicar a su cliente sobre su decisión de ceder su créditos a la empresa de factoring, la misma que dispone de su caja para adelantar dinero (80 por ciento por lo que se cobra un interés) esperando el vencimiento de los documentos para hacer la cobranza, lo que supone una comisión por gestión.

Es importante que quede claro en la negociación de un contrato de factoring, la notificación es un acto considerado transparente para que el deudor conozca que el vendedor ha cedido sus créditos a un tercero (el factor).

Aunque la tradición -entiéndase práctica comercial- dice que no necesariamente ocurre esto. Y la razón que explicaría esto es un criterio de cautela. Puede -dicen los juristas- que el deudor sospeche -sin fundamento alguno- que su vendedor (exportador) adolece de problemas financieros y, como consecuencia, lo piense para cerrar nuevos contratos en el futuro, pero esta es una posibilidad remota.

Lejos de ello, veamos la enorme utilidad comprobada que tiene este instrumento de financiamiento de corto plazo. El factor, que es como se llama en el lenguaje financiero a la compañía a la que el cliente cede los créditos a cambio de una comisión (por gestión) e intereses (por dinero por adelantado), se cuida de no perder su dinero.

Por lo general, se protege con una cláusula en el contrato -llámese si se quiere de reserva- por la cual escoge sólo las facturas por cobrar viables y no las dudosas. Esta facultad, según los juristas, la de no aprobar un futuro negocio no es absoluta. Debe ejercerla (el factor) con parsimonia. Si no fuera así, si el factor pudiera rechazar los negocios indiscriminadamente, el negocio de factoring carecería de interés para el cliente.

Es también usual que el contrato comprenda las facturas por cobrar presentes y las futuras de tal manera que se establece una relación de continuidad entre factor y vendedor de las facturas. Cuando se cede la cartera de créditos -dicen los mismos analistas- hay un riesgo de incobrabilidad, un problema de asimetría informativa, ya que el factor no conoce claramente cuáles son las ratio de cumplimiento o incumplimiento de los clientes. 

Recuperado el importe total de las facturas, la empresa abona el saldo del importe de éstas , como hemos dicho, menos una comisión y tal vez intereses, según la longevidad de la factura (es decir, cuanto tiempo pasa entre la entrega del dinero por la empresas al exportador y el pago del deudor, el importador).

Por donde se le mire, en honor a la verdad, el factoring es un instrumento juridico novedoso, seguro, útil, ahorrador de dinero, por sus ventajas más que por sus inconvenientes, que a la luz de los estudiosos del derecho, son mínimos.

Por eso, vale recordar que el Factoring tiene un efecto liberador de gastos administrativos y burocráticos, de aumento de costos por uso de infraestructura y servicios -oficina, comunicaciones, papelería etc- y se convierte en una herramienta de financiamiento fuera de las practicas tradicionales bancarias. En el banco piden garantías y en el Factoring, son las propias cuentas por cobrar las garantías. De este modo, el exportador se siente aliviado en la medida que contrata a una empresa para tener liquidez por adelantado a cambio de un importe tras la cesión de las facturas por cobrar a nombre del factor (la empresa cobradora).

Y no sólo esto sino que tiene a su disposición un equipo de abogados, de contadores y de financistas que aseguran el cobro de facturas más allá de su vencimiento, mantienen información sobre cuentas y salud económica de potenciales clientes para disminuir riesgos de incobrabilidad.

Dicho de otro modo, los servicios son enormes para las PYMES tales como la gestión de cobro del crédito originados en la actividad del factoreado, tanto judicial como extrajudicial; asesoramiento financiero, contable o jurídico de carácter permanente, información sobre garantías de solvencia de los clientes, estudios de marketing, entre otros

Siendo así, tal como aparece en portada, el FACTORING se ha convertido en un INSTRUMENTO DE MUCHA UTILIDAD PARA PYMES que permite a pequeños y medianos empresarios  financiación, garantía, disminución de costos administrativos, agilización en el cobro de créditos, entre otras ventajas,  Estas son las utilidades que puede procurarle nuestro contrato a quien decida contraerlo en calidad de factoreado o “cliente".


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